El reciente proyecto de Ley Orgánica para el Control de Flujos Irregulares de Capitales, calificado de urgencia en materia económica y enviado por el presidente Daniel Noboa a la Asamblea Nacional, encendió las alertas en el sector empresarial.
La norma plantea un nuevo impuesto a las utilidades no distribuidas, es decir, a aquellas ganancias que las empresas deciden reinvertir en lugar de repartir entre sus accionistas.
Según el artículo 39.2.1 del texto, las sociedades que hasta el 31 de julio de cada año no distribuyan sus utilidades acumuladas de ejercicios anteriores deberán pagar un porcentaje de ese saldo, bajo los términos que defina el Servicio de Rentas Internas (SRI).